Cerro Ciénaga. Fotografía: Alejandra Ferreyra.

lunes, 21 de abril de 2025

"Transcripción paleográfica Levantamiento de gente de Traslasierra." Raquel Maggi.

           En este recorrido temporal comparto algunos fragmentos y Análisis documental del trabajo de la Lic. Raquel Maggi, quien en el año 2017 presentó en Villa de Pocho su trabajo "Transcripción paleográfica Levantamiento de gente de Traslasierra". al conmemorarse los 243 años de la forma del Pacto de Los Chañares.

          Para leer el documento completo ingrese a Facebook, grupo POCHO EN UN ABRAZO  https://www.facebook.com/groups/256854527725222 , solapa ARCHIVOS. 


TRANSCRIPCIÓN PALEOGRÁFICA LEVANTAMIENTO DE LA GENTE DE TRASLASIERRA 28 de abril de 1774.
Lic.Raquel Maggi 

[fs.249rto] Muy Ilustre Cabildo Justicia y Regimiento
Después de varias conferencias que he tenido como los que a voz de común tenìan infestado  (sic) el Valle de traslasierra, y considerándome sin las necesarias facultades para ocurrir de exterminio   de   sus bullisios , con el mas vivo rapido (sic) y eficaz remedio que por sus circunstancias exigían , me vi en la precisión de adherir a sus pretensiones, en los términos que ministra (sic) el adjunto testimonio, habiendo logrado antes el apartarlos de la loca temeridad con que intentaran, el que se les quitarse el estanco de Tabacos, la Sissa y Alcabala, o que se les pagase sueldo siempre que tomasen las armas en servicio del Rey, y en defensa de las Fronteras que acostumbran auxiliar .
      Hasta ahora suspendi esta noticia con la en haver quedado aquellos Milicianos enteramente sosegados por haverse hallado ausentes algunos individuos de esse Muy Ilustre Cuerpo, lo que excento por estar enterado en su regreso   y de que ha de ser   en el   superior agrado de Vuestra Señoria aquella   determinación que   conceptue como único medio para restablecer por inmediato remedio la   paz y sosiego de los que la habían corrompido, Vuestro Señor autorice la importante [fs.249vto] vida de Vuestra Señoria por dilatados años.Cordova Mayo 30 de 1774.
Muy Ilustre Cabildo Justicia y Regimiento                                                  
Somos de Vuestra Señoria su mayor Servidor
Juan Tiburcio de Ordoñez [rubricada]

Análisis documental

   La Justicia real y la justicia regional: la imposición caudillesca de la autoridad.

Las aspiraciones borbónicas lejos de favorecer la centralización en las colonias tuvieron el efecto contrario al esperado: se reforzaban espacios regionales ante las medidas centralizadoras de las ciudades. A partir de 1770 se realizaron cambios en la acción del Cabildo de la Gobernación del Tucumán, tendientes a un mayor control del territorio y racionalización administrativa de la justicia. El objetivo era evitar la superposición de atribuciones y jurisdicciones, para ello se crearon nuevos funcionarios, que dependían del Cabildo se eliminaran los nombramientos de funcionarios nombrados por el intendente o por oficios vendibles.

Respecto del levantamiento de Traslasierra, historiadores y escritores se interesaron por lo ocurrido en 1774 en la región de Pocho narrando de diversos modos lo ocurrido en la región de las sierras cordobesas.  En el presente trabajo se transcribió el documento siguiendo las reglas paleográficas de la escritura  por medio del cual se analiza el tratamiento de la justicia colonial anterior a la creación del virreinato del Rio de la Plata en 1776, a partir del cual dependerá Córdoba. Los sucesos ocurridos en Traslasierra dejaron ver el ejercicio despótico del poder de los funcionarios al administrar justicia sobre los pobladores o comunes,( los comunes eran las tierras de propiedad real no distribuida a individuos  particulares). Los jueces pedáneos rurales debían ser nombrados por el Cabildo con la condición de ser vecino del lugar o partido donde residía, Existia una sólida integración urbano-rural entre las familias principales, basada en cierta división de tareas que encomendaba a unos el cuidado de las estancias, mientras otros atendían los negocios de la ciudad(...) [Tío Vallejo,G.1998].

 Como reacción del mismo se produjo el enfrentamiento a dicho poder con la intervención de otros actores representantes del Cabildo Capitular, quienes impartían justicia, más allá de las competencias jurisdiccionales de la ciudad de Córdoba, y la participación del cabildo eclesiástico a través de obispos, prelados y curas. (…) es el caso particular de los sacerdotes que tantas veces oficiaban como voceros de los intereses de los partidos y que por su rol eran también transmisores de autoridades urbanas o regionales.El comandante de milicias fue también una figura que formalizaba esta relación (…)[Tío Vallejo,G.1998].Pero además, existía  una cuestión de índole económica, que afectaba a las arcas de la Hacienda Real, y era el pago de impuestos por parte de la población

.(…)habiendo logrado antes el apartarlos de la loca temeridad con que intentaran, el que se les quitarse el estanco de Tabacos, la Sissa y Alcabala, o que se les pagase sueldo siempre que tomasen las armas en servicio del Rey, y en defensa de las Fronteras que acostumbran auxiliar.(…)

En la práctica judicial no eran infrecuentes las usurpaciones de otras jurisdicciones, o las prácticas abusivas como las excomuniones y los arrestos arbitrarios, en un contexto jurídico de multiplicidad de fueros.El Cabildo de Córdoba envía como mediador a Juan Tiburcio Ordoñez Maestre de Campo General de la Plaza  a fin de  lograr un acuerdo pacifico con los “comunes” quienes además rechazaban a las autoridades intervinientes debido al  ejercicio despótico con que ejercían sus cargos en esos lugares  y lo hacen a través de un personaje el Capitan  Basilio Quevedo

cabeza visible e  influyente en  los rebeldes serranos quien presenta al comisionado enviado por el Cabildo  un petitorio con varios puntos que desea se cumplan sin mediar otras disposiciones. Solicita como primer punto el destierro de el Maestre de Campo Dn Joseph de Isaza y el Pedaneo Dn Josep Tordesillas junto con sus familias y bienes, en el plazo de un mes a riesgo de sus vidas.

(…)Señor Maestre de Campo General de la Plaza Dn.Juan Tiburcio Ordoñez= Los puntos que pide este común son los siguientes= Primer punto es que salgan el Maestre de Campo Dn.Joseph de Isaza y Dn Joseph Tordesillas desterrados con familias y bienes fuera de la jurisdicción con el limitado termino de un mes que se contara desde el dia veinte y ocho de Abril de este presente año de setenta y quatro y pasado dicho termino les peligra la vida. (…)

El segundo punto claramente especifica la rotunda negativa a no  ser gobernados no solamente por españoles.

(…) no hade governar en este valle ningún hombre europeo (…)

En el tercer punto deja en claro que desconoce las autoridades legales que pertenecían a las ordenanzas indianas y habían sido creadas bajo el derecho español.

(…) que no combiene que aiga Maestre de Campo en heste valle (…)

En el cuarto punto se destaca claramente el carácter caudillesco de autoimponerse por encima de las autoridades e imponer su propia justicia ante los pobladores o comunes.

(…)en quanto a la nombradía de los Capitanes quede a la disposición del sargento mayor actual Don Basilio Quevedo para quitar y poner otros al gusto de su gente(…)

Quinto punto es que se les aya de conferir facultad a los Capitanes para entender en lo sivil (sic) cada uno entre su jente y que ningún Juez pueda entrar sin pedir auxilio a los Capitanes o gefes de su Compañía y que pidiendo pronto se le dara= O sea que desconocen el poder de las jussticias ordinarias y sus fueros civiles para la administración de justicia.

Sesto punto es que piden los soldados las armas que tienen pagadas al Maestre de Campo Dn.Joseph de Isaza que revivio su importe en plata y cavallos=

El séptimo punto con claridad expresa la recuperación de las armas a los soldados que habrían pagado a quien dicen no reconocer que además habrían pagado con caballos y plata, que significaban fuertes sumas

(…)Septimo punto es que piden los soldados las armas que tienen pagadas al Maestre de Campo Dn.Joseph de Isaza que revivio su importe en plata y cavallos= (…)

El octavo punto se observa como convivían las justicias seculares y la eclesiástica las cuales a su modo gravitaban sobre las vidas de los pobladores.

(…)Octavo punto es que pide el común el perdón General y seguro para que no se les culpe a ninguno ni haga carga en ningún tiempo haver levantado a este Comun (…)

28 de abril de 1774 se produce el llamado “Pacto de los Chañares”, donde algunos puntos de la petición fueron aceptados y otros estuvieron condicionados a lo acordado por las autoridades del Cabildo.En dichos acuerdos se puede apreciar claramente  la puja de poderes entre los cabildantes, la aceptación de  lo pedido por los sublevados de Traslasierra en cuanto  no permitir ser gobernados por europeos, el término es indistinto para la designación de españoles, es sabido que  quienes tenían  poder a través de nombramientos  por autoridades virreinales  eran españoles y en menor medida criollos americanos hijos de españoles. Padres doctrineros y comandantes de frontera, reducciones y fortines, curatos, alcaldías de hermandad, comisionados, pedáneos, partidos y distritos fueron los dispositivos clave para afirmar el dominio hispánico(Barriera,D:2013).En el levantamiento de los comunes de  Traslasierra no hubo excepción al respecto, la  reacción fue  de los pobladores secundados por el Capitán Basilio Quevedo ante la destitución del cura de la Capilla de Pocho el Dr. Tomas Tadeo Funes por un sacerdote designado por el Cabildo Capitular. Existía el juez eclesiástico que según los casos podía tener ingerencia en causas legales sobre la parte agraviada y podía reclamar el auxilio de la fuerza real.

Conclusión

Para evitar la dispersión de la población como parte de los problemas que las autoridades locales enfrentaban, se fomentó durante toda la segunda mitad del siglo XVIII la creación de sitios o partidos donde aglomerar a los pobladores bajo la vigilancia de un juez pedáneo que hacían de nexo entre los menos privilegiados y sus representantes: los capitanes de milicias, los sacerdotes y los jueces rurales. De este modo el documento conservado en el fondo de gobierno del Archivo Historico de la Provincia de Córdoba, ha permitido constatar mediante el análisis la relevancia adquirida por los jueces pedáneos para administrar justicia en los parajes y sitios más alejados de la injerencia de  los funcionarios del Cabildo de la ciudad de Córdoba. Tal lo acontecido en el Levantamiento de las gentes de Traslasierra en 1774.

BIBLIOGRAFIA

Agüero, Alejandro. Las armas de la Iglesia. Saber religioso y auxilio espiritual, en la justicia secular de Córdoba del Tucumán (Siglos XVII y XVIII) Revista de la Junta Provincial de Historia de Córdoba; Lugar: Córdoba (Argentina); Año: 2007 vol. 2007 p. 23 - 54

Agüero, Alejandro. Clemencia, perdón y disimulo en la justicia criminal de antiguo régimen. Su praxis en Córdoba del Tucumán, siglos XVII y XVIII .Revista de Historia del Derecho; Lugar: Buenos Aires; Año: 2004 vol. 2004 p. 33 – 81)

Barriera, Darío G. (2013). Justicias rurales: el oficio de alcalde de la hermandad entre el derecho, la historia y la historiografía (Santa Fe, Gobernación del Río de la Plata, siglos XVII a XIX)Andes24(1) [, consultado en 22 de abril de 2017.] Recuperado en 22 de abril de 2017, de http://www.scielo.org.ar/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1668-80902013000100001&lng=es&tlng=es

López Diaz, Maria. Señorio y Municipalidad.concurrencia y conflictos de poderes en Santiago (siglos XVI XVII).Santiago de Compostela: Universidade Servicio de Publicaciones e intercambio científico: consorcio 1997[consultado 18 de abril de 2017]

Tío Vallejo; Gabriela. La buena administración de justicia y la autonomía del Cabildo de Tucumàn, 1770-1820.Boletin del Instituto de Historia Argentina y Americana “Dr.Emilio Ravignani”.tercera serie, num.18,2do semestre de 1998.

 Fuente

Escribanía 3-L-28 -1774 Archivo Histórico de Còrdoba.fs.249 a 254 vto.


sábado, 19 de abril de 2025

MES DE ABRIL. Recordando la Rebelión de El Común en el Antiguo Curato de Traslasierra. 1774.

 

Poema mural ubicado en la plaza central de Salsacate.

Realidad militar. [1] 

No sólo la Iglesia estaba inmersa en conflictos, la Milicia y el Estado colonial entraron en crisis por:

a) los métodos de reclutamiento y promoción militar implementados;

b) la intensidad de las prácticas nepóticas;

c) la corrupción reinante en la composición de las listas de revista, las dispensas o licencias para ausentarse del servicio, y en la provisión de vituallas y bastimentos;

d) la cantidad y tipo de pago de que eran objeto sus miembros.

En nuestro caso, el Maestre de Campo actuaba con poder e impunidad imponiendo a los vecinos, la tarea de defensa en forma compulsiva y sin pagos; para ello se efectuaba el reclutamiento forzoso con destino a la frontera donde permanecían en las peores condiciones.

Ante la embestida de los pueblos aborígenes del sur se crearon regimientos milicianos en varios puntos de la jurisdicción de Córdoba: Córdoba ciudad, Del Tío, Del Sauce y Traslasierra.  Las fronteras eran defendidas por los vecinos como milicianos y con escasos recursos. Eran reclutados compulsivamente por las autoridades locales, en este caso el Maestre de Campo. Sin miramientos trasladaban familias enteras hacia los fuertes, llamados presidios, sin “ración y sin sueldo”. Se aplicó una política abusiva de control de la población con traslados forzosos a la frontera sur. La actitud despótica y abusiva del Maestre de Campo junto a la complicidad del Juez Pedáneo, fue creando el terreno propicio para desencadenar la reacción de los transerranos.

 José Luis Molina y sus gauchos. 
https://www.revisionistas.com.ar

El Maestre de Campo en esencia era un rango militar con mucho poder y autoridad. Era quien determinaba las levas y traslado de los milicianos según sus necesidades, pero además usaba su poder como instrumento de represión y extorsión hacia los moradores. Mientras que el Juez Pedáneo debía procurar la tranquilidad del partido en todos los aspectos y desterrar los abusos que producían las malas conductas, práctica teñida de un despotismo tal que quebrantó el espíritu de los vecinos, quienes en definitiva eran sus siervos. Si bien estas dos funciones estaban definidas legítimamente, en el caso que tratamos, ambos cumplieron sus funciones con despotismo, abusos y medidas represivas.

Los impuestos . Si hoy renegamos sobre el pago de los impuestos, en antaño la situación no era diferente. La recaudación se realizaba para luego distribuirla, según el caso, un porcentaje para la corona y el resto se repartía entre las diversas instituciones de la colonia. Regían entre otros el Estanco de tabaco, la Sisa y la Alcabala.
Estanco del Tabaco. Disposición y sistema comercial establecidos por el régimen colonial español para monopolizar el comercio del tabaco, fijando los precios a su arbitrio. 
La alcabala fue el impuesto más importante del Antiguo Régimen que gravaba el comercio y era el que más ingresos producía a la hacienda real, pues aunque el diezmo era aún más importante, su perceptor principal era la Iglesia, con participación del rey. 
Sisa (impuesto)Sisa es un tipo de tributo que se paga por razón de las cosas vendidas o mantenimientos que constantes de peso y medida. ... El término sisas es originario del río de Aragón, y se extiende a Castilla.

[1] ACEVEDO, Gladys. “R ebelión de El Común: Pacto de Los Chañares: 28 de abril de 1774”. 

jueves, 17 de abril de 2025

MES DE ABRIL. Recordando la Rebelión de El Común en el Antiguo Curato de Traslasierra. 1774.

Poema mural en la Plaza Central de Nono.
¿Qué pasó? [1]

En 1774, en el Curato de Traslasierra, un grupo de criollos se levantó en armas contra las autoridades virreinales locales, para hacer escuchar su voz, ya que el sometimiento, el abuso y las frecuentes represalias habían llegado a un punto tal que decidió arremeter contra el despotismo encarnado tanto en el Maestre de Campo como en el Juez Pedáneo.

Esta rebelión tuvo sus consecuencias, preocupando principalmente al Cabildo de Córdoba, quien ante la inesperada manifestación de rebeldía de los transerranos, envió al Maestre de Campo Juan Tiburcio de Ordóñez, en calidad de mediador y ejecutor de las medidas necesarias para revertir la situación.

En esta instancia, después de intentos de diálogos, se acordó firmar un pacto entre las partes, el que se concretó el 28 de Abril de 1774, en Villa de Pocho.

¿Cuáles fueron las condiciones que permitieron esta rebelión? [2]

Debemos considerar que en 1774 el Curato de Traslasierra, (hoy departamentos Pocho, Minas, San Alberto y San Javier) pertenecía al Virreinato del Perú.

En regla general podemos definir esta época como una etapa de manifiesta corrupción, predominando el nepotismo en los aspectos: políticos, religiosos, militares y comerciales. Esto favoreció en todo sentido a las familias más poderosas, tanto de la ciudad como en la campaña, quienes, además de obtener suculentos reembolsos por los negocios que realizaron, se ubicaron en los cargos más representativos estableciendo alianzas familiares, políticas y comerciales a través del matrimonio.

Fue una época en la que gran número de comerciantes, en su mayoría peninsulares, llegados desde el Perú, adquirieron extensas propiedades estableciendo estancias para continuar con sus negocios. En cada lugar, ejercieron el dominio absoluto sobre los moradores con todas las fuerzas. El Curato de Traslasierra no estuvo exento de estas características. 

Desde lo político-administrativo , Córdoba y su jurisdicción, formaban parte de la gobernación de Tucumán, residiendo el gobernador en Salta. En Córdoba solo había un teniente de gobernador, la Real Hacienda de Córdoba rendía cuentas a las Cajas de Jujuy y en la dependencia judicial de la Audiencia de La Plata. El poder político estaba en manos del Cabildo y las camarillas locales, generándose fricciones y enfrentamientos.

En lo referido al Curato de Traslasierra el poder estaba en manos del Maestre de Campo y del Juez Pedáneo. Si a esta situación organizativa le sumamos una región con características geográficas muy particulares, principalmente por la elevación del cordón montañoso de las Altas Cumbres, podemos determinar que la misma se encontró relativamente aislada de la cabecera de las localidades.

La densidad poblacional en este Curato era muy importante, probablemente la más numerosa de la jurisdicción. Sonia Tell en su trabajo Córdoba Rural. Sociedad campesina (1750—1850) se refiere a Traslasierra:

"... La concentración de la población en la zona serrana se vincula no sólo en el hecho de constituir el área de antigua colonización sino también, como ya lo señalamos, a su importancia económica en el período colonial, debido a las ventajas que ofrecía para el desarrollo de la actividad ganadera . Además, los valles serranos brindaban un refugio natural a la población de las zonas abiertas; de hecho los documentos se refieren a un desplazamiento importante de la población de la frontera oriental hacia los núcleos serranos entre 1727 y 1744 como consecuencia de los ataque de “mocovíes”, “abipones” y otras naciones del Chaco …”

La principal actividad económica de la región era el comercio de mulas con el norte altoperuano y con activa relación económica con el puerto de Buenos Aires. Además la producción textil realizada por las mujeres campesinas estaba en pleno auge: ponchos, mantas y demás necesarios tejidos en telar. La venta de cueros de cabra y ganado vacuno.

Sin datos específicos.

Desde lo religioso , la expulsión de los jesuitas en 1767, fue motivo de polarización en la sociedad cordobesa, determinando marcadas diferencias en la Iglesia, a tal punto que Córdoba, como capital del obispado, tenía dos curas en la catedral, con las cinco dignidades del Cabildo eclesiástico y dos seminarios: el de la Virgen de con un eclesiástico secular y el segundo en manos de los jesuitas hasta su expulsión.

La jurisdicción contaba con once Curatos hasta 1810. Uno de ellos era Traslasierra que tenía como Parroquia a Villa de Pocho, administrando las Capillas en Salsacate, Las Palmas, Ninalquín, Ambul, Sancala, Guasapampa.

La función de los sacerdotes además de evangelizar era registrar bautismos, defunciones y matrimonios lo que de alguna manera les pudo haber permitido influir sobre la vida de la “feligresía”. Los conflictos internos en la iglesia se acentuaban generándose de este modo divisiones entre los partidarios y los contrarios a los jesuitas.

Aquí podemos dar respuesta al primer conflicto surgido en Pocho: el rechazo al nombramiento del cura encargado de la parroquia de Pocho. 


[1] ACEVEDO, Gladys. “Rebelión de El Común: Pacto de Los Chañares: 28 de abril de 1774”.

[2] Ídem


martes, 15 de abril de 2025

1943: Dique La Viña, Villa Dolores.

Foto de la web.
                     Sobre el curso del Río de los Sauces, a 33 km de Mina Clavero, departamento San Alberto, provincia de Córdoba, encontramos la belleza de un espejo de agua de 1050 hectáreas de extensión. Es el Dique La Viña o Embalse Ing. Antonio Medina Allende, nombre en homenaje al promotor del proyecto.

Fechas importantes.

15 de abril de 1943 : comienzo de esta obra monumental. 

15 de junio de 1948:   se dio por finalizada.

1952: inicio de la construcción de la Central Hidroeléctrica La Viña, en el marco del Primer Plan Quinquenal de Juan Domingo Perón.

       Podemos considerar que esta Central junto al Camino de las Altas Cumbres abrió el camino para el progreso del oeste cordobés, incluyendo también en esta época la ejecución de un amplio plan de centrales hidroeléctricas como: Dique San Roque, Embalse Cruz del Eje, Embalse Río Tercero. 
       Comparto la excelente nota de LA OTRA MIRADA publicada en Facebook el 14 de Abril incluyendo material histórico relevante, sumando saberes a nuestra Memoria Colectiva.

DIQUE LA VIÑA: EL MONOLITO QUE RECUERDA EL INICIO DE OBRA DEL EMBALSE MÁS IMPORTANTE DEL VALLE DE TRASLASIERRA

Nota de La otra mirada. Facebook 14/04/2025

Un día como hoy pero hace 86 años se colocó la piedra basal de esta importante obra hidráulica proyectada por el ingeniero Santiago Fitz Simon.  Presidió la ceremonia el gobernador Amadeo Sabattini y el ministro de Obras Públicas ingeniero Luis A. Medina Allende.

Después de cinco años de trabajo, la obra finalizó el 15 de junio de 1944 con 184,160 m3 de hormigón armado usados ​​para la construcción del proyecto.

Se trata del dique con el segundo paredón más alto de Argentina: posee unos 106 metros de alto por otros 317,27 metros de largo, se sostiene sobre una base de 35 metros de ancho y su coronamiento es de 4 metros de ancho.  Del lado del espejo de agua el murallón mide 106 metros mientras que del lado del vertedero su extensión es de 102 metros.

Se utilizaron 3 millones de m³ de concreto armado, posee 8 compuertas de 6 por 5 metros cada una y su cota máxima está dada a los 102 metros.







lunes, 14 de abril de 2025

1862. Contexto general. Cuarta parte.

 Registros de cuadernos guardados en archivo parroquial.

Campanario de la Antigua Capilla de Salsacate, demolida en 1949.
     Para desarrollar este tema recurro al trabajo de mi autoría realizado en 2008[1]

     En esa oportunidad el Libro de Registros  y Correspondencias Parroquia Salsacate 1862 perteneciente al archivo de la Parroquia de Salsacate,  fue el elemento sustancial que me dio la posibilidad de rescatar algunos datos interesantes.

 DIVISIÓN DEL CURATO

A través de diez artículos se detallan las causas y fines que dan lugar a la división del Curato:

v   Demasiada extensión de territorio en los Curatos de Campaña para concretar los fines de la Iglesia Católica. 

v  Establecer coherencia entre el Superior Gobierno de la Provincia y la Jurisdicción Eclesiástica. 

v  Mayor facilidad y frecuencia de los beneficios de la Santa Religión-. 

v  Armonía y uniformidad de la división territorial para el ejercicio de la Jurisdicción Civil y Eclesiástica.  

OTRAS SINGULARIDADES:

         Las condiciones geográficas, climáticas, de comunicación, económicas y sociales fueron algunos de los obstáculos que debieron enfrentar los curas párrocos que se sucedieron y por supuesto la de los mismos habitantes.

          En el recorrido de la documentación consultada pude observar que: 

·           Grandes sequías azotaban la región reduciendo las condiciones económicas basadas en la precaria ganadería (hasta mediados del siglo XX). Posteriormente se inicia el cultivo de maíz en forma intensiva y extensiva, especialmente en la Pampa de Pocho provocando paulatinamente la transformación propia del paisaje, de la flora y de la fauna; mientras en el Bajo de Chancaní no ocurrió lo mismo. 

·     La zona, en general estaba muy poblada desde Villa de Pocho (parroquia del departamento) hacia el sur según los datos registrados en este documento; cambiando la situación a partir de 1895, fecha en que se decretó la Iglesia de Salsacate como Parroquia del departamento. Cabe apuntar que por versiones, la zona del Bajo tenía una población de nativos muy importante que estaban a cargo de las familias españolas adineradas.  

·         Los caminos eran muy precarios llamados “caminos de herradura” que no fueron obstáculos para acercarse desde muchas leguas de distancia, sorteando incomodidades hacia los lugares en que realizaban las Misiones religiosas. 

·                La cantidad de comuniones que se distribuían durante las Misiones Religiosas hablan de más de 1.000 fieles por lo que se puede suponer el índice poblacional. 

·               Las edificaciones religiosas fueron realizadas con las “limosnas” y el trabajo gratuito de los pobladores entre los que se contaban niños y mujeres. 

Las Capillas más antiguas fueron refaccionándose y manteniéndose gracias al apoyo de las comunidades. Se expresa en varias ocasiones el deterioro continuo de las mismas lo que llevó por ejemplo a demoler la de Salsacate y construir una nueva.

En otros casos y en su mayoría, las reedificaciones y refacciones se realizaron en el mismo lugar teniendo  en cuenta que al instalarse las primeras estancias los templos fueron construidos de adobe y barro apisonado, con techo de enramada y de una sola nave características que por supuesto  no resistieron el paso de los años. De este modo puede establecerse una primera etapa en cuanto a la edificación de los templos. 

Una segunda etapa se concreta con  la construcción de piedras y ladrillos de adobe y techos más resistentes prácticamente en el mismo lugar de las primitivas o en las cercanías.  Estas edificaciones si bien persistieron con el correr del tiempo en muchos casos como la Iglesia de Pocho y Las Palmas tuvieron sus respectivas refacciones manteniendo sus características originales.



[1] ACEVEDO Gladys. “La Iglesia en el Departamento Pocho. Siglo XVII a mediados del siglo XX” 2008